La mayoría de las personas necesitan un testamento para garantizar que su patrimonio se disponga de acuerdo con sus deseos y para otorgar a su albacea poderes específicos que faciliten la administración del patrimonio. Si una persona muere sin un testamento, entonces el Código de Virginia dicta quién recibirá el patrimonio de la persona, y es muy posible que el difunto desee tener una disposición alternativa a la dictada por ley. Al utilizar un testamento, también puede abordar la cuestión de retrasar la transferencia de bienes a los herederos más allá de los 18 años y hasta que alcancen un cierto grado de madurez.
El Código de Virginia dicta la disposición de su propiedad. Esta disposición legal puede ser contraria a cómo desea que se distribuya su patrimonio. Además, alguien tendría que calificar como administrador de su patrimonio y usted no tiene ningún control sobre quién puede ser esta persona. Con un testamento, usted designa quién manejará su patrimonio.
Un poder notarial es una concesión de autoridad a una persona durante su vida para actuar en su lugar si usted no está disponible o está incapacitado. Si no tiene un poder y queda incapacitado durante su vida, alguien tendría que solicitar al tribunal que se convierta en su tutor y curador. Usted no tendrá voz y voto en última instancia sobre quién puede ser aprobado por el Tribunal como su tutor y curador.
La respuesta general es no.
Una Directiva Médica Anticipada es su instrucción escrita de que si tiene una enfermedad terminal en la que la aplicación de procedimientos para prolongar la vida sólo prolongaría artificialmente su proceso de muerte, entonces usted ordena que dichos procedimientos no se realicen, que se le permita morir de forma natural y que sólo se le proporcione la administración de medicamentos según sea necesario para aliviar el dolor o brindarle comodidad. Además, una directiva médica anticipada es el nombramiento de un agente de atención médica para que tome decisiones médicas por usted durante su incapacidad.